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Registro de jornada

Control horario
que aguanta una inspección

Desarrollo propio de G-Carma sobre Odoo para cumplir el registro de jornada de hoy y el registro digital que prepara el Ministerio de Trabajo. Tu equipo ficha en segundos y tú tienes cada hora justificada.

Art. 34.9 ET Preparado para el registro digital Sin biometría
Normativa

Qué es obligatorio hoy y qué está a punto de llegar

En vigor desde el 12-05-2019

El registro diario ya es obligatorio

El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 8/2019, obliga a toda empresa a registrar cada día la hora concreta de inicio y de fin de la jornada de cada persona trabajadora, a conservar los registros cuatro años y a tenerlos a disposición de la plantilla, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo.

Tiempo parcial
Registro día a día y resumen mensual entregado con la nómina (art. 12.4.c ET).
Horas extra
Registro diario, totalizado en cada periodo de pago (art. 35.5 ET).
Teletrabajo
Registro horario adecuado también a distancia (art. 14 Ley 10/2021).
Desconexión
Derecho a la desconexión digital (art. 88 LOPDGDD y art. 20 bis ET).
Sanción
Infracción grave (art. 7.5 LISOS): de 751 a 7.500 €.
En trámite · revisado 26-09-2026

El nuevo registro digital

El Ministerio de Trabajo prepara un Real Decreto que desarrolla los artículos 12.4.c, 34.9 y 35.5 del Estatuto. El Consejo de Ministros autorizó su tramitación urgente el 30-09-2025 y el Consejo de Estado emitió dictamen el 23-03-2026 con reparos importantes. A fecha de hoy no está aprobado ni publicado en el BOE; el borrador prevé que entre en vigor a los veinte días de su publicación.

Lo que exige el borrador:

  • Registro por medios digitales, objetivo, fiable y accesible.
  • Cada asiento, personal e inmediato: al empezar y al terminar.
  • Pausas no computables, tramos presenciales o a distancia y naturaleza de las horas (ordinarias, extra, complementarias).
  • Modificaciones solo con autorización de empresa y trabajador, con huella indeleble de quién cambió qué.
  • Consulta y copia inmediatas para la plantilla y su representación, y acceso remoto para la Inspección.
  • Un protocolo del registro consultado con la representación legal y formación en tiempo de trabajo.

Resumen informativo, no asesoramiento jurídico. Seguimos la tramitación y actualizamos el sistema de nuestros clientes cuando cambia la norma.

Así queda un día

Cada minuto, en su casilla

Una jornada real no es «entrada y salida». Hay un café, una comida, una tarde en casa y una reunión que se alarga. El registro lo recoge todo y lo suma solo.

Las pausas que no son tiempo de trabajo se descuentan, el tramo en remoto queda marcado y la hora extra se anota con su destino: descanso o nómina. Si alguien olvida fichar, la corrección no borra nada: queda propuesta, aceptada y firmada por las dos partes.

Lucía M. · Jornada completa · 40 h/sem. Viernes 25-09
  • Presencial
  • A distancia
  • Pausa no computable
  • Hora extra
8:00ordinarias
0:45extra · a descanso
1:20pausas
2:20a distancia
Modificación entrada 08:07 → 08:00 · fichó tarde en el quiosco
propuesta: empresa · 25-09 09:14
aceptada: Lucía M. · 25-09 09:31
huella a41f…9c07 · asiento original conservado
Qué incluye

Pensado desde la norma, no adaptado a ella

La app de Asistencias de Odoo es un buen punto de partida, pero no nace para el derecho laboral español. Nuestro módulo le añade todo lo que pide el registro de jornada.

Fichaje personal e inmediato

Desde el móvil, el navegador o un quiosco en la entrada con PIN, código QR o tarjeta. Cada persona registra su propio tiempo, en el momento.

Pausas y tiempos de espera

Inicio y fin de cada pausa no computable, y de los tiempos a disposición de la empresa cuando no son trabajo efectivo.

Presencial o a distancia

Cada tramo de la jornada queda marcado según dónde se trabaja, sin geolocalizar a nadie fuera del instante del fichaje, y solo si la empresa lo activa.

Horas extra y complementarias

Separadas de las ordinarias, con su destino (descanso o pago) y el aviso cuando alguien se acerca al tope anual de 80 horas extra.

Correcciones con doble firma

Una modificación la propone una parte y la acepta la otra. Si no hay acuerdo, se anota la discrepancia del trabajador. El asiento original nunca se borra.

Conciliación y flexibilidad

Las horas que responden a adaptación de jornada, bolsa de horas o distribución irregular se identifican con la medida aplicada.

Totales diarios y mensuales

Suma automática por día y por mes, y el resumen de cada persona listo para entregarlo junto a la nómina.

Acceso para quien lo pide la ley

Cada trabajador ve y descarga lo suyo al instante. La representación legal consulta el conjunto con los datos personales minimizados. La Inspección entra en remoto.

Cuatro años a mano

Conservación de los asientos y sus cambios durante cuatro años, en nuestros servidores en Europa, con copias y exportación a PDF y CSV.

Protección de datos

Controla el tiempo,
no a las personas

El registro guarda lo imprescindible para su fin, como exige el RGPD: quién, cuándo y en qué modalidad. Nada más.

Sin huella dactilar ni reconocimiento facial. Los datos biométricos son categoría especial (art. 9 RGPD) y la AEPD considera que para fichar no suelen ser necesarios ni proporcionados. La Audiencia Nacional anuló su guía en junio de 2026 por motivos de forma, sin entrar en el fondo y con sentencia recurrible: no es momento de arriesgar.

Ubicación solo si hace falta. Si la empresa la activa, se toma una vez al fichar y nunca durante la jornada.

El registro no queda a la vista. Ni en zonas de paso ni al alcance de terceros: cada cual entra con su usuario.

Cómo lo ponemos en marcha

De la hoja de firmas al registro digital

Tu jornada, sobre la mesa

Revisamos convenio, horarios, turnos, teletrabajo y cómo registráis hoy.

Protocolo del registro

Te entregamos el borrador del protocolo para consultarlo con la representación legal, como pide el nuevo Real Decreto.

Configuración y formación

Horarios, calendario, quioscos y permisos. Formación breve para plantilla y responsables.

Al día con la norma

Soporte continuo y ajustes cuando se publique el texto definitivo y sus requisitos técnicos.

¿Ya usas Odoo? El registro se integra con empleados, ausencias, proyectos y nómina. Si no, te lo montamos en nuestra infraestructura: Odoo gestionado →

Preguntas frecuentes

Lo que nos suelen preguntar

¿Ya es obligatorio fichar por medios digitales?
Todavía no. El registro diario de jornada es obligatorio desde el 12 de mayo de 2019 (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores), pero hoy admite cualquier soporte que sea fiable. El Real Decreto que exigirá medios digitales está en tramitación: a 26 de septiembre de 2026 no se ha aprobado en Consejo de Ministros ni publicado en el BOE. El borrador prevé su entrada en vigor a los veinte días de la publicación, así que conviene tenerlo resuelto antes.
¿Me vale el Excel o la hoja en papel?
Hoy puede valer si es fiable, se rellena a diario y no se puede retocar sin dejar rastro, cosa difícil de demostrar con una hoja de cálculo. En cuanto se publique el Real Decreto, el papel y el Excel quedarán fuera: el borrador exige medios digitales y una huella indeleble de cada modificación.
¿Qué sanción tiene no llevar el registro de jornada?
Es una infracción grave del artículo 7.5 de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 € según el grado (art. 40.1.b LISOS). La Inspección tiene en cuenta el número de personas afectadas y la reincidencia.
¿Puedo usar la huella dactilar o el reconocimiento facial para fichar?
No lo recomendamos y no lo usamos. Los datos biométricos son categoría especial del RGPD (art. 9) y la AEPD considera que, para fichar, no suelen superar el juicio de necesidad y proporcionalidad. La Audiencia Nacional anuló en junio de 2026 su guía por motivos de forma, sin pronunciarse sobre el fondo, y la sentencia no es firme. Fichamos con usuario y contraseña, PIN, código QR o tarjeta.
¿Sirve para el teletrabajo y para quien trabaja fuera de la oficina?
Sí. Se ficha desde el móvil o el navegador y cada tramo queda marcado como presencial o a distancia, como pide la Ley 10/2021 de trabajo a distancia y el borrador del nuevo Real Decreto.
¿Qué pasa con mi sistema cuando se publique el Real Decreto?
Lo adaptamos nosotros. El sistema ya recoge el contenido mínimo del borrador y, cuando se publiquen el texto definitivo y los requisitos técnicos que dicte el Ministerio de Trabajo, ajustamos lo que cambie dentro del soporte del servicio.

Que la próxima inspección sea un trámite.

Te enseñamos el registro funcionando con tus horarios y te decimos qué te falta para cumplir.